viernes, 7 de enero de 2011

Circular becas libros 2011-12

CIRCULAR INFORMATIVA.

Como en cursos anteriores, se ha abierto el plazo de solicitudes de ayudas para la adquisición de libros de texto del alumnado de Educación Secundaria Obligatoria para el curso 2011-2012
Las solicitudes se podrán recoger en el Centro.
El plazo de presentación terminará el próximo 31 de enero.
Las instancias, junto con la documentación acreditativa se entregarán en la secretaría del Centro, en el siguiente horario: de lunes a viernes de 12 a 13 h.

En el tablón de anuncios del Centro, se encuentra expuesta la Orden de la Conselleria de Cultura y Educación, de fecha 14 de Diciembre de 2010, y publicada en el DOGV del día 30 de Diciembre de 2010.

No obstante, incluimos en esta circular los requisitos socioeconómicos imprescindibles para poder acceder a dichas ayudas.

Atentamente os saluda
La Directora


Alicante a 7 de Enero de 2011.



REQUISITOS ECONÓMICOS:
1. Podrán recibir ayuda de libros de texto los alumnos cuya renta familiar anual de 2009 no supere los siguientes módulos económicos (en euros):
Familias de un miembro: 14.112,00
Familias de dos miembros: 24.089,00
Familias de tres miembros: 32.697,00
Familias de cuatro miembros: 38.831,00
Familias de cinco miembros: 43.402,00
Familias de seis miembros: 46.853,00
Familias de siete miembros: 50.267,00
Familias de ocho miembros: 53.665,00
A partir del octavo miembro se añadirán: 3.391,00
La renta familiar a efectos de la ayuda se debe obtener por agregación de las rentas del ejercicio 2009 del padre y de la madre. En el caso de familia monoparental, se tendrá en cuenta la renta del padre o de la madre que conviva con el alumno. En caso de que el padre o la madre se hayan casado de nuevo, se computarán las rentas del nuevo cónyuge o persona unida por análoga relación, que obtenga ingresos de cualquier naturaleza y que conviva con el alumno, calculada según se indica en los párrafos siguientes y de conformidad con la normativa reguladora del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.



2. Para esta convocatoria, se consideran miembros de la unidad familiar:
a. El alumno, el padre, la madre y los hermanos menores de 18 años, también los mayores de dicha edad y menores de 26 años y los mayores de 26 años cuando se trate de personas con discapacidad física, psíquica o sensorial igual o superior al 33%, que convivan en el mismo domicilio, siempre que no perciban ningún tipo de ingresos. También se considerará miembro de la unidad familiar el hijo concebido y no nacido desde el momento de la fecundación, de acuerdo con lo establecido en la Ley 6/2009, de 30 de junio, de la Generalitat, de Protección a la Maternidad (DOCV núm. 6049, de 3 julio).
b. En caso de separación o divorcio de los padres, no se considerará miembro computable el padre o la madre que no viva en el mismo domicilio que el alumno.
c. Las personas viudas, divorciadas o separadas, en caso de que se hayan casado de nuevo, o convivan en análoga relación sentimental con otra persona, el nuevo cónyuge o conviviente se considerará miembro de la unidad familiar, siempre que conviva con el alumno.

DOCUMENTACIÓN A ADJUNTAR JUNTO CON LAS SOLICITUDES

• Fotocopia compulsada del NIF/NIE o pasaporte del padre y de la madre o del nuevo cónyuge o persona unida por análoga relación, que conviva con el alumno.
• Fotocopia del documento identificativo del titular de la cuenta bancaria: NIF/NIE del alumno beneficiario que ha de ser titular de la cuenta.
• Documento facilitado por la entidad bancaria donde conste el código cuenta cliente de la cuenta corrientre donde debe ser abonado el importe de la ayuda en caso de que sea concedida.
• En caso de existir situaciones específicas (apartado D de la solicitud) deben justificarse con la documentación correspondiente.


Para más información

Orden de la Conselleria de Cultura y Educación, de fecha 14 de Diciembre de 2010

Manual de procedimiento para la tramitación de las solicitudes.

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